El Senado aprobó por unanimidad una reforma que modifica el costo económico del acoso telefónico comercial y amplía la responsabilidad de las empresas sobre el uso de datos personales. La modificación a la Ley Federal de Protección al Consumidor busca impedir que los proveedores mantengan campañas publicitarias insistentes contra la voluntad de sus destinatarios.
La iniciativa, presentada por la senadora panista Mayuli Latifa Martínez Simón, obtuvo 96 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención. El dictamen modifica los artículos 18 Bis y 127 para establecer multas de 56 mil 570 pesos a 2 millones 345 mil 728.71 pesos contra quienes incumplan las restricciones.
La reforma responde a una limitación del sistema de protección al consumidor: aunque la legislación ya reconoce el derecho a rechazar publicidad y contempla registros para evitar contactos comerciales, las comisiones dictaminadoras consideran que las sanciones vigentes no tienen suficiente capacidad para inhibir las llamadas persistentes.
Durante la discusión, la senadora María del Rocío Corona Nakamura, del Partido Verde Ecologista de México, defendió el incremento de las multas como una medida para impedir que empresas e instituciones financieras continúen ofreciendo productos, servicios y tarjetas de crédito después de recibir una negativa expresa.
La responsabilidad alcanzará a empresas que contraten terceros
El cambio también modifica la distribución de responsabilidades dentro del negocio publicitario. Los proveedores no podrán deslindarse del manejo de información personal cuando contraten empresas externas para contactar consumidores, pues serán corresponsables del tratamiento de esos datos.
Esta disposición busca cerrar una vía de evasión de responsabilidades: la separación entre la compañía que comercializa un producto y aquella que administra las llamadas. Bajo el nuevo esquema propuesto, recurrir a intermediarios no eliminará las obligaciones del proveedor frente al consumidor.
El dictamen incorpora estimaciones de la aplicación Truecaller, según las cuales los usuarios mexicanos reciben entre 20 y 25 llamadas no deseadas al mes. Las comisiones utilizaron esa referencia para dimensionar una práctica que, además de invadir la privacidad, puede aumentar la exposición de las personas a intentos de fraude.
La reforma conserva los mecanismos mediante los cuales los consumidores manifiestan su negativa a recibir publicidad, pero pretende reforzar su cumplimiento mediante sanciones económicas. El cambio central consiste en trasladar parte del costo de las comunicaciones comerciales no autorizadas a las empresas responsables de mantenerlas.
El respaldo unánime del Senado no concluye el procedimiento legislativo. El dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados, donde deberá discutirse y aprobarse antes de continuar con las etapas correspondientes para su promulgación y publicación.
El proyecto establece que las nuevas disposiciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Hasta entonces, las multas propuestas no pueden presentarse como sanciones vigentes.
La decisión pendiente en la Cámara de Diputados determinará si el derecho a rechazar publicidad telefónica contará con un régimen de sanciones más severo. La otra prueba estará en la aplicación de la ley: identificar a las empresas responsables y conseguir que respeten una negativa que los consumidores ya tienen derecho a expresar.