Tribunal Electoral ordena al Senado sustituir al Comité de Evaluación del Poder Judicial

La Sala Superior aprobó que el Senado emita lineamientos en 24 horas para definir candidaturas judiciales sin evaluar idoneidad, ante desacato del Comité de Evaluación.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó, en una sesión virtual privada, que el Senado de la República sustituya al Comité de Evaluación del Poder Judicial en la selección de candidaturas para la elección judicial. La decisión, avalada por tres votos contra dos, incluye la instrucción de emitir lineamientos en 24 horas para definir candidaturas mediante insaculación, sin evaluar la idoneidad de los aspirantes.

La magistrada presidenta Mónica Soto encabezó la sesión virtual a las 9:00 horas, respaldada por los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata. Los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón votaron en contra. Soto presentó el proyecto argumentando que el desacato del Comité Judicial hacía necesario adoptar la figura de “cumplimiento sustituto”, con el objetivo de proteger los derechos de los aspirantes que ya superaron la etapa inicial de evaluación de requisitos.

El fallo del TEPJF establece que el Senado, al recibir la notificación, tendrá un día para emitir acuerdos, lineamientos y determinar los funcionarios y fechas del procedimiento de insaculación pública. Esta medida será aplicable únicamente a los cargos en los que existan más postulantes que el número requerido para completar las duplas o ternas. Para los casos en los que el número de aspirantes sea insuficiente, estos pasarán directamente a la boleta.

La sentencia aclara que debido a lo avanzado del proceso y la cercanía con la fecha límite del 31 de enero, la evaluación de idoneidad de los aspirantes se omitirá. Esto permitirá cumplir con la insaculación programada para el 4 de febrero, en paralelo con los procedimientos correspondientes de los poderes Legislativo y Ejecutivo.

Adicionalmente, el fallo prevé un mecanismo para remitir las listas de candidaturas directamente al Instituto Nacional Electoral (INE) en caso de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación no apruebe las listas enviadas tras la insaculación. Este mecanismo, denominado “afirmativa ficta”, permitiría al Senado evitar demoras en el proceso electoral.

La medida fue adoptada luego de que el Comité Judicial no acató una sentencia previa que lo obligaba a reactivar el proceso de selección de candidaturas. La falta de cumplimiento fue protegida por una medida cautelar otorgada por la Suprema Corte, que blindó a los integrantes del comité contra sanciones como multas, amonestaciones o arrestos. Por ello, la Sala Superior del TEPJF no pudo imponer ninguna medida de apremio.

Entre las personas que conformarán las listas de candidaturas, se incluirán aquellos aspirantes que, según el TEPJF, fueron excluidos de manera injustificada y que, mediante resoluciones previas, se ordenó integrar al proceso. Con ello, el Senado deberá garantizar el cumplimiento de los plazos constitucionales para el desarrollo del procedimiento electoral del Poder Judicial.

La resolución del TEPJF subraya que las acciones del Senado estarán orientadas a respetar el calendario electoral vigente, evitando mayores dilaciones que puedan afectar el proceso judicial-electoral.

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